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SCJN concede suspensión a Samuel García para frenar eventual destitución o inhabilitación
El máximo tribunal determinó que el juicio político contra el mandatario podrá continuar en el Congreso de Nuevo León, pero ordenó suspender la ejecución de cualquier eventual sanción que implique su destitución o inhabilitación mientras resuelve el fondo de la controversia constitucional.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió unasuspensión al gobernador de Nuevo León, Samuel García Sepúlveda,dentro de la controversia constitucional promovida por el Poder Ejecutivo estatalcontra el juicio políticoque enfrenta ante el Congreso local.
La medida cautelar impide que se ejecute cualquier resolución derivada del procedimiento queimplique la separación del cargo o la inhabilitación del mandatario,mientras el máximo tribunalanaliza y resuelve el fondo del asunto. Sin embargo, la suspensiónno detiene el desarrollo del juicio político,por lo que el Congreso de Nuevo León podrá continuar con las etapas procesales correspondientes.
De acuerdo con la resolución, publicada en la Lista Extraordinaria de Notificaciones de la SCJN y relacionada con la controversia constitucional 386/2026, notificada el 13 de julio, la Corte determinó: “Se procede conceder la suspensión para que, sin suspender el procedimiento, no se ejecute ninguna determinación derivada del proceso de juicio político,hasta en tanto se resuelva el fondo de la controversia constitucional”.
Asimismo, el tribunal precisó que la medida cautelar no busca frenar el procedimiento legislativo, sinoevitar que se materialicen posibles sancionesantes de que exista una resolución definitiva sobre la controversia. En ese sentido, señaló: “Es importante reiterar que los efectos de la suspensión no tienen como finalidad impedir que las autoridades respectivas continúen con el trámite y desahogo del procedimiento respectivo, sino únicamente paralizar la ejecución de cualquier determinaciónencaminada a separar a dicho funcionario de su cargo o inhabilitarlo para tal función”.
La SCJN argumentó que, de no otorgarse la suspensión,podría generarse una afectación de difícil reparaciónen caso de que posteriormente se declarara fundada la controversia constitucional, “pues el tiempo de no ejercicio del cargo de elección popularno es recuperable”.
“Además, con esta medidase salvaguarda el normal desarrollo de la administración pública estatal,así como el adecuado ejercicio de las funciones que corresponden a su titular”, dice la resolución.
La controversia constitucional fue presentada por el Poder Ejecutivo de Nuevo León en contra del procedimiento de juicio político iniciado por la Comisión Anticorrupción del Congreso local. El proceso se originóa partir de una denuncia promovida por Morena,en la que se señalan presuntas violaciones constitucionales, irregularidades en el procedimiento y un supuesto desvío o triangulación de recursos públicos.
El gobierno estatal ha sostenido que el expediente utilizado para sustentar el juicio políticocarece de pruebas suficientesy que únicamente contiene la identificación oficial de la persona denunciante, así como recortes y notas periodísticas.
Antes de la intervención de la SCJN, el Juzgado Tercero de Distrito en Materia Administrativa de Nuevo Leónhabía concedido una suspensión provisionalpara detener temporalmente la votación relacionada con el juicio político.
Tras conocerse la resolución de la Corte, el gobernador Samuel García informó en redes sociales que el máximo tribunal habíaadmitido la controversia constitucional y concedido la suspensión.“Acaba de publicar la SCJN la admisión y suspensión del juicio político (que le sigue la Comisión Anticorrupción del Congreso de Nuevo León)”, escribió.
Por su parte, el asesor jurídico del Congreso local, Ricardo Tamez, afirmó que la suspensión otorgada por la SCJN esdistinta al amparo concedido por la justicia federal,ya que permite que el Congreso y, en su caso, el Tribunal Superior de Justicia continúen resolviendo el procedimiento. “En la Corte sí autorizan a resolver en definitiva al Congreso y por ende al Tribunal Superior de Justicia, y solo en el caso de que se sancione su destitución, se suspende su ejecución para separarlo”, señaló.