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Justicia

Aplazan sentencia contra García Luna en Nueva York para el 24 de junio

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Esta decisión de la Corte fue a raíz de una solicitud presentada el pasado 15 de diciembre por la defensa de Genaro García

La sentencia contra Genaro García Luna, ex secretario de seguridad mexicano, fuereagendada por el juez federal de la Corte del Distrito Este en Brooklyn, Nueva York, Brian Cogan, para el 24 de junio.

Esta decisión de la Corte fue a raíz de una solicitud presentada el pasado 15 de diciembre por la defensa de Genaro García Luna, ante el Juez federal, para iniciar un nuevo juicio para su cliente, bajo el argumento de que hay nuevas evidencias ytestimonios que exponen su inocencia.

Por lo que la Fiscalía de Nueva York también solicitó tener 6 semanas más para responder a la solicitud de la defensa de Genaro García, por lo el juez Cogan definió que la autoridad estadounidense tendrá hasta el 1 de marzo de este año para responder a la apertura de un nuevo juicio.

Fue el 21 de febrero de 2023, un mes después del comienzo del juicio contra García Luna en Estados Unidos, cuando el jurado declaró por unanimidad que el ex jefe de la policía mexicana era culpable de cinco cargos criminales relacionados con el narcotráfico, por lo que se dictaría sentencia contra el acusado el 24 de marzo de este año.

En el juicio contra el ex funcionario mexicano se demostró que de 2006 a 2012, usó sus cargos oficiales para ayudar al Cártel de Sinaloa a cambio de sobornos millonarios. García Luna fue titular de la Secretaría de Seguridad Pública en el sexenio de Felipe Calderón y es el oficial del orden público de más alto rango en México que ha sido judicializado por EU.

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Justicia

Jueza federal concede amparo a Pedro López Elías y ordena invalidar orden de aprehensión

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La Fiscalía Anticorrupción de Chihuahua pierde sustento para mantener una orden de captura emitida desde el fuero local contra el empresario.

El caso penal relacionado con la reestructura de la deuda pública de Chihuahua registró un nuevo giro judicial: una jueza federal concedió el amparo a José Pedro López Elías y ordenó al Juez de Control del Distrito Judicial Morelos dejar sin efectos la orden de aprehensión emitida en su contra dentro de la causa penal 3050/2024.

La determinación de la Jueza Décimo de Distrito en el Estado de Chihuahua, Madhay Soto Morales, parte de una conclusión central: la autoridad local que libró la orden no tenía competencia para hacerlo, pues los recursos involucrados en los hechos investigados son de naturaleza federal.

La sentencia fue emitida el 18 de agosto y notificada el 28 de agosto.

El expediente se originó por pagos de 98.6 millones de pesos al despacho López Elías Finanzas Públicas, S.C., durante la administración de Javier Corral Jurado, por servicios de asesoría en la reestructura y refinanciamiento de la deuda estatal.

La Auditoría Superior del Estado cuestionó la contratación y sus resultados.

Posteriormente, la Fiscalía Anticorrupción de Chihuahua, encabezada por Abelardo Valenzuela Holguín, sostuvo que existían elementos para investigar un posible peculado.

La Fiscalía ha mantenido que se trató de un posible daño al erario estatal y que Chihuahua debía conservar la conducción de la investigación.

Bajo esa hipótesis se integró la causa 3050/2024, que involucró al exgobernador Javier Corral, al exsecretario de Hacienda Arturo Fuentes Vélez y a López Elías, identificado en la indagatoria como presunto partícipe externo.

La defensa de los señalados ha sostenido una versión distinta: que el despacho sí realizó el trabajo contratado, que existe documentación técnica que acredita las gestiones efectuadas y que los recursos utilizados procedían de participaciones federales.

Para la defensa, el caso debió ser conocido desde el inicio por autoridades federales.

La discusión sobre competencia alcanzó un punto decisivo en enero de 2026.

El Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Décimo Séptimo Circuito resolvió el conflicto competencial 20/2025 y determinó que la causa relacionada con Corral debía ser conocida por un juez penal federal.

El criterio se sustentó en que los recursos materia del caso conservaban naturaleza federal, aun cuando hubieran sido transferidos al estado.

Esa resolución fue el fundamento determinante del amparo concedido a López Elías.

La jueza federal consideró que, aunque el conflicto competencial se había promovido originalmente respecto de Corral, López Elías es coimputado en la misma causa y por los mismos hechos y recursos.

Por ello concluyó que el juez local tampoco era competente para emitir la orden de aprehensión contra el empresario.

La sentencia ordena tres actos concretos: dejar sin efectos la orden de aprehensión dictada el 18 de enero de 2025; emitir una nueva determinación en la que el juez local analice primero su competencia; y, a la luz del criterio federal, determine que no puede resolver la solicitud de captura.

La resolución no analiza ni decide si López Elías es responsable o inocente de los hechos imputados; se pronuncia exclusivamente sobre la legalidad constitucional de la orden y la competencia de la autoridad que la emitió.

La propia sentencia establece que su ejecución debe esperar a que transcurra el plazo para la eventual interposición de un recurso de revisión.

Por ello, el hecho debe presentarse como una orden judicial de invalidación concedida en amparo, no como una exoneración definitiva ni como el cierre total de la investigación.

El efecto institucional es relevante: la Fiscalía Anticorrupción de Chihuahua pierde sustento para mantener una orden de captura emitida desde el fuero local contra López Elías y se fortalece el criterio de que el caso debe ser revisado en jurisdicción federal.

La controversia de fondo permanece abierta y corresponderá a las autoridades federales determinar si existió delito y, en su caso, responsabilidades.

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Justicia

Se desmorona caso impulsado por Fiscalía Anticorrupción de Chihuahua tras nuevo amparo

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La estrategia jurídica de la Fiscalía Anticorrupción de Chihuahua contra José Pedro López Elías sufrió otro duro golpe después de que una jueza federal declarara inconstitucional la orden de aprehensión que había sido obtenida en su contra.

La sentencia definitiva, emitida el 28 de agosto por el Juzgado Décimo de Distrito en Chihuahua, determinó que la orden de captura fue librada por una autoridad que no tenía competencia para hacerlo.

El procedimiento había sido promovido por la Fiscalía Anticorrupción, encabezada por Abelardo Valenzuela Holguín, ante el Juez Penal del Distrito Judicial Morelos, Humberto Chávez Allende.

Sin embargo, el análisis realizado por la justicia federal concluyó que antes de emitir una orden de aprehensión debía verificarse si el juez estatal tenía facultades legales para intervenir en el expediente.

La respuesta fue negativa.

Por ello, la autoridad federal ordenó cancelar la orden de aprehensión dictada contra López Elías dentro de la causa penal 3050/2024 y establecer formalmente que el juzgador estatal no es competente para resolver la solicitud presentada por la Fiscalía.

El fallo profundiza los cuestionamientos sobre una investigación que desde meses atrás ha enfrentado obstáculos ante tribunales federales.

Previamente, otra resolución había determinado que la carpeta y la causa penal debían trasladarse al ámbito federal, además de dar vista a otras autoridades para revisar la actuación de funcionarios involucrados.

La acumulación de resoluciones adversas abre interrogantes sobre la solidez con la que fue construido el expediente y, particularmente, sobre las decisiones jurídicas adoptadas por la Fiscalía Anticorrupción.

El caso todavía puede tener capítulos adicionales, pero una cosa resulta clara: uno de los instrumentos más importantes utilizados para perseguir judicialmente a López Elías, la orden de aprehensión, quedó invalidado por la justicia federal. Ahora, la institución deberá justificar su estrategia y corregir cualquier deficiencia procesal señalada por los tribunales correctamente ahora.

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Justicia

La “humedad” de COREMEX: trabajadores exigen saber qué hace Eloy Espinosa y quién paga por su permanencia

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Versiones internas señalan que Eloy Espinosa continuaría dentro de la estructura de COREMEX pese a encontrarse presuntamente desempleado. Trabajadores piden aclarar sus funciones y, sobre todo, si recibe recursos provenientes de las cuotas sindicales.

Un nuevo cuestionamiento comienza a incomodar a la dirigencia de COREMEX. Esta vez el nombre es Eloy Espinosa, un personaje al que algunos trabajadores han comenzado a llamar “la humedad en Coremex” ante las dudas sobre su situación laboral, sus funciones y su permanencia dentro de la organización.

De acuerdo con versiones que circulan entre integrantes de la base, Espinosa estaría actualmente desempleado y sin una relación laboral activa con la empresa, pero presuntamente conservaría un espacio dentro de la estructura sindical.

El señalamiento no ha sido acreditado públicamente, pero ha provocado una pregunta sencilla: si Eloy Espinosa ya no trabaja en la empresa, ¿a quién representa dentro de COREMEX?

La interrogante se vuelve todavía más relevante cuando aparece el dinero.

Trabajadores quieren saber si Espinosa recibe algún salario, compensación o apoyo económico por parte del sindicato y, en caso de existir, si esos recursos provienen de las cuotas que periódicamente se descuentan a los afiliados.

Porque esas cuotas salen directamente del bolsillo de los trabajadores.

Para los inconformes, no resulta suficiente aportar dinero cada quincena sin conocer con precisión quién lo recibe, cuánto se destina a mantener la estructura sindical y qué actividades realizan quienes obtienen alguna remuneración.

Por ello, el caso de Eloy Espinosa vuelve a colocar sobre la mesa una demanda que empieza a repetirse dentro de COREMEX: transparencia sobre el uso de las cuotas.

¿Cuál es actualmente el cargo de Espinosa? ¿Qué actividades realiza? ¿Por qué permanece dentro de la estructura si efectivamente está desempleado? ¿Recibe alguna remuneración? ¿Quién autorizó su permanencia?

Son preguntas que Miguel Meneses y la dirigencia podrían responder con información verificable.

El problema es que, mientras no exista una explicación, las sospechas continuarán creciendo y el caso terminará sumándose a las controversias que ya han deteriorado la confianza de algunos trabajadores en COREMEX.

La discusión tampoco debería limitarse a una sola persona. Si existen dudas sobre Eloy Espinosa, los trabajadores consideran necesario conocer también quiénes integran actualmente la estructura sindical, qué funciones desempeñan y cuánto cuesta mantenerla.

Si las versiones sobre Espinosa son incorrectas, COREMEX puede desmentirlas. Si continúa dentro del sindicato y existe una justificación para ello, también puede explicarla.

Pero guardar silencio deja abierta la pregunta que más incomoda a la dirigencia:

¿quién mantiene realmente a “la humedad en COREMEX” y cuánto les cuesta a los trabajadores?

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