Conecta con nosotros

Nacional

Se cierra una etapa: Mónica Soto presenta su dimisión al TEPJF con efectividad desde el 31 de agosto

Publicada

en

La magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso presentó su renunciaal cargo que desempeña en la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), con lo que pondrá fin a una trayectoria de casi una década en el máximo órgano de justicia electoral del país.

De acuerdo con el escrito de la magistrada, Soto Fregoso comunicó su decisión alSenado de la Repúblicay estableció como último día en funciones el próximo 31 de agosto.

La salida ocurre después de que lasreformas relacionadas con el Poder Judicialmodificaron el calendario de permanencia de las actualesmagistraturas de la Sala Superior. En mayo de 2026, el Senado aprobó cambios para que las magistraturas que permanecían en funciones continuaran hasta 2028.

Por ello, la renuncia representa unasalida anticipadarespecto del nuevo plazo de permanencia.

Sin prisa en el TEPJF

¿Por qué renuncia Mónica Soto al TEPJF?

En su carta a Laura Itzel Castillo,Mónica Soto señala que decidió “concluir un ciclo” dentro del Tribunal Electoral, institución a la que llegó tras ser electa por el Senado el 20 de octubre de 2016.

La magistrada recuerda que originalmentesu nombramiento era por nueve añosy debía concluir el 31 de octubre de 2025. Posteriormente, las modificaciones constitucionales y legales ampliaron la permanencia de las magistraturas en funciones.

Soto Fregosoafirma que durante casi 10 años ejerció su función jurisdiccional con énfasis en la perspectiva de género y los derechos humanos, así como en la inclusión de personas y grupos en situación de vulnerabilidad.

También destaca como eje de su actuación la búsqueda de la igualdad plena y sustantiva de las mujeres.

¿Cuándo deja Mónica Soto el Tribunal Electoral?

La magistrada estableció que suúltimo día en el TEPJFserá el 31 de agosto de 2026. En el documento solicita al Senado realizar el trámite correspondiente para formalizar su separación del cargo.

La renuncia se produce en un momento de transformación institucional para la justicia electoral. La Sala Superior actualmente cuenta con seis integrantes; dos de ellos,Gilberto de Guzmán Bátiz Garcíay Claudia Valle Aguilasocho, llegaron tras la elección judicial de 2025, mientras que Soto Fregoso y otros tres magistrados ya formaban parte del órgano.

Trayectoria de Mónica Aralí Soto Fregoso en el TEPJF

Durante su paso por laSala Superior,Soto Fregoso participó en la resolución de asuntos electorales y constitucionales. Documentos oficiales del TEPJF muestran que en 2026 continuaba como magistrada ponente en diversos expedientes, entre ellos asuntos relacionados con elecciones, partidos políticos y controversias electorales.

Asimismo, fuepresidenta del Tribunal Electoraldurante 2024 y 2025. En esa etapa encabezó al órgano durante el proceso electoral federal de 2024, incluida la revisión jurisdiccional de las controversias derivadas de esa elección.

La magistrada agradeció al Senado la confianza depositada en ella para desempeñar el cargo y sostuvo que ejerció la responsabilidad conforme a los principios constitucionales y a la función jurisdiccional.

Continuar Leyendo
Clic para comentar

Deja una Respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Nacional

Ciudadano mexicano se declara culpable de blanqueo de capitales mediante monedas digitales

Publicada

en

Por

El imputado obtuvo una comisión estimada de 40 mil dólares por su participación directa en este esquema de blanqueo.

El ciudadano mexicano Carlos Erick Vázquez González se declaró culpable en Estados Unidos por conspirar para lavar 4 millones de dólares provenientes del narcotráfico mediante el uso decriptomonedas.

El acusado de 48 años de edad admitió que utilizó carteras de activos virtuales bajo su control para recibir las ganancias ilícitas de las drogas.

Vázquez González coordinó sus actividades ilícitas con intermediarios financieros, conocidos como ‘money brokers’, para recolectar las ganancias del narcotráfico en diversas ciudades estadounidenses.Tambiéncambió las criptomonedas por dólares estadounidensesen México para devolver el dinero en efectivo a los organizadores de la red.

El imputado obtuvo una comisión estimada de 40 mil dólares por su participación directa en este esquema de blanqueo.

La fiscalía federal programó la audiencia de sentencia para el próximo 17 de diciembre, donde el acusado enfrentará una pena máxima de 20 años de prisión.

Te puede interesar >Nueva York publica documentos sobre la toxicidad del aire tras el 11-S

El fiscal federal Jason Parman y el agente especial Jim Scott anunciaron conjuntamente este resultado judicial en el estado de Kentucky.

La Oficina Residente de la DEA en Lexington investigó el caso con el apoyo de diversas divisiones policiales de Estados Unidos y México.

Esta investigación criminal formó parte de la iniciativa de seguridad nacional denominada Homeland Security Task Force.

Continuar Leyendo

Justicia

Jueza federal concede amparo a Pedro López Elías y ordena invalidar orden de aprehensión

Publicada

en

Por

La Fiscalía Anticorrupción de Chihuahua pierde sustento para mantener una orden de captura emitida desde el fuero local contra el empresario.

El caso penal relacionado con la reestructura de la deuda pública de Chihuahua registró un nuevo giro judicial: una jueza federal concedió el amparo a José Pedro López Elías y ordenó al Juez de Control del Distrito Judicial Morelos dejar sin efectos la orden de aprehensión emitida en su contra dentro de la causa penal 3050/2024.

La determinación de la Jueza Décimo de Distrito en el Estado de Chihuahua, Madhay Soto Morales, parte de una conclusión central: la autoridad local que libró la orden no tenía competencia para hacerlo, pues los recursos involucrados en los hechos investigados son de naturaleza federal.

La sentencia fue emitida el 18 de agosto y notificada el 28 de agosto.

El expediente se originó por pagos de 98.6 millones de pesos al despacho López Elías Finanzas Públicas, S.C., durante la administración de Javier Corral Jurado, por servicios de asesoría en la reestructura y refinanciamiento de la deuda estatal.

La Auditoría Superior del Estado cuestionó la contratación y sus resultados.

Posteriormente, la Fiscalía Anticorrupción de Chihuahua, encabezada por Abelardo Valenzuela Holguín, sostuvo que existían elementos para investigar un posible peculado.

La Fiscalía ha mantenido que se trató de un posible daño al erario estatal y que Chihuahua debía conservar la conducción de la investigación.

Bajo esa hipótesis se integró la causa 3050/2024, que involucró al exgobernador Javier Corral, al exsecretario de Hacienda Arturo Fuentes Vélez y a López Elías, identificado en la indagatoria como presunto partícipe externo.

La defensa de los señalados ha sostenido una versión distinta: que el despacho sí realizó el trabajo contratado, que existe documentación técnica que acredita las gestiones efectuadas y que los recursos utilizados procedían de participaciones federales.

Para la defensa, el caso debió ser conocido desde el inicio por autoridades federales.

La discusión sobre competencia alcanzó un punto decisivo en enero de 2026.

El Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Décimo Séptimo Circuito resolvió el conflicto competencial 20/2025 y determinó que la causa relacionada con Corral debía ser conocida por un juez penal federal.

El criterio se sustentó en que los recursos materia del caso conservaban naturaleza federal, aun cuando hubieran sido transferidos al estado.

Esa resolución fue el fundamento determinante del amparo concedido a López Elías.

La jueza federal consideró que, aunque el conflicto competencial se había promovido originalmente respecto de Corral, López Elías es coimputado en la misma causa y por los mismos hechos y recursos.

Por ello concluyó que el juez local tampoco era competente para emitir la orden de aprehensión contra el empresario.

La sentencia ordena tres actos concretos: dejar sin efectos la orden de aprehensión dictada el 18 de enero de 2025; emitir una nueva determinación en la que el juez local analice primero su competencia; y, a la luz del criterio federal, determine que no puede resolver la solicitud de captura.

La resolución no analiza ni decide si López Elías es responsable o inocente de los hechos imputados; se pronuncia exclusivamente sobre la legalidad constitucional de la orden y la competencia de la autoridad que la emitió.

La propia sentencia establece que su ejecución debe esperar a que transcurra el plazo para la eventual interposición de un recurso de revisión.

Por ello, el hecho debe presentarse como una orden judicial de invalidación concedida en amparo, no como una exoneración definitiva ni como el cierre total de la investigación.

El efecto institucional es relevante: la Fiscalía Anticorrupción de Chihuahua pierde sustento para mantener una orden de captura emitida desde el fuero local contra López Elías y se fortalece el criterio de que el caso debe ser revisado en jurisdicción federal.

La controversia de fondo permanece abierta y corresponderá a las autoridades federales determinar si existió delito y, en su caso, responsabilidades.

Continuar Leyendo

Nacional

¿En qué consiste la Operación Águila Alta, el acuerdo entre México y Estados Unidos para enfrentar los drones del crimen organizado?

Publicada

en

Por

La Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) reveló este lunes 7 de septiembre que lleva a cabo laOperación Águila Alta, una serie de acciones para combatir eluso de drones por parte del crimen organizadorealizadas en conjunto con lasFuerzas Armadas estadounidenses en la frontera de Tijuana con San Diego, California.

“Esta operación tiene como finalidad, contar con una frontera más segura, mediante ladetección e inhabilitación de drones de uso comercialque son empleados por delincuentes en la frontera común para vigilar a las autoridades durante el tráfico de personas y drogas”, explicó la Sedena.

¿Cuándo acaba la operación binacional Águila Alta?

De acuerdo con un comunicado difundido por la dependencia federal, la acción se desarrolla desde el31 de agostoyconcluirá el 21 de septiembre.

La Sedena aclaró que estos operativos son similares a los realizados entre el 17 y 31 de marzo de 2026 en Ciudad Juárez, Chihuahua y El Paso, Texas.

Trump construye ‘muro inteligente’ en frontera con México de 46 mil mdd: Tendrá IA y torres de vigilancia

Cabe recordar que el pasado 16 de agosto, elsecretario de Defensa estadounidense,Dan Driscoll, firmó junto a la Secretaría de la Defensa Nacional (Defensa) una Declaración de Intención para fortalecer las capacidades estratégicas y operativas para combatir el uso de drones del narco.

El acuerdo permite a la Defensa mexicana acceder almercado digital del Ejército estadounidense, con el propósito de adquirir drones y sistemas contra aeronaves no tripuladas a costos competitivos.

“Esta tecnología fortalecerá nuestra capacidad para combatir a los cárteles y hacer frente a nuestros retos compartidos de seguridad”, expresó ese día el embajador de EU, Ronald Johnson.

¿En qué consiste la operación antidrones Águila Alta en la frontera con Estados Unidos?

De acuerdo a la información emitida por la Secretaría de la Defensa Nacional, la operación consiste en dos fases:

La Secretaría de la Defensa Nacional sostuvo que lacooperación en materia de seguridad entre México y Estados Unidosse lleva a cabo» con pleno respeto a la soberanía nacional y se rige por los principios de reciprocidad, responsabilidad compartida y diferenciada, confianza mutua y respeto a las decisiones y territorios soberanos, privilegiando en todo momento los intereses del Estado mexicano».

Continuar Leyendo

Lo Más Visto