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SCJN concede suspensión a Samuel García para frenar eventual destitución o inhabilitación

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El máximo tribunal determinó que el juicio político contra el mandatario podrá continuar en el Congreso de Nuevo León, pero ordenó suspender la ejecución de cualquier eventual sanción que implique su destitución o inhabilitación mientras resuelve el fondo de la controversia constitucional.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió unasuspensión al gobernador de Nuevo León, Samuel García Sepúlveda,dentro de la controversia constitucional promovida por el Poder Ejecutivo estatalcontra el juicio políticoque enfrenta ante el Congreso local.

La medida cautelar impide que se ejecute cualquier resolución derivada del procedimiento queimplique la separación del cargo o la inhabilitación del mandatario,mientras el máximo tribunalanaliza y resuelve el fondo del asunto. Sin embargo, la suspensiónno detiene el desarrollo del juicio político,por lo que el Congreso de Nuevo León podrá continuar con las etapas procesales correspondientes.

De acuerdo con la resolución, publicada en la Lista Extraordinaria de Notificaciones de la SCJN y relacionada con la controversia constitucional 386/2026, notificada el 13 de julio, la Corte determinó: “Se procede conceder la suspensión para que, sin suspender el procedimiento, no se ejecute ninguna determinación derivada del proceso de juicio político,hasta en tanto se resuelva el fondo de la controversia constitucional”.

Asimismo, el tribunal precisó que la medida cautelar no busca frenar el procedimiento legislativo, sinoevitar que se materialicen posibles sancionesantes de que exista una resolución definitiva sobre la controversia. En ese sentido, señaló: “Es importante reiterar que los efectos de la suspensión no tienen como finalidad impedir que las autoridades respectivas continúen con el trámite y desahogo del procedimiento respectivo, sino únicamente paralizar la ejecución de cualquier determinaciónencaminada a separar a dicho funcionario de su cargo o inhabilitarlo para tal función”.

La SCJN argumentó que, de no otorgarse la suspensión,podría generarse una afectación de difícil reparaciónen caso de que posteriormente se declarara fundada la controversia constitucional, “pues el tiempo de no ejercicio del cargo de elección popularno es recuperable”.

“Además, con esta medidase salvaguarda el normal desarrollo de la administración pública estatal,así como el adecuado ejercicio de las funciones que corresponden a su titular”, dice la resolución.

La controversia constitucional fue presentada por el Poder Ejecutivo de Nuevo León en contra del procedimiento de juicio político iniciado por la Comisión Anticorrupción del Congreso local. El proceso se originóa partir de una denuncia promovida por Morena,en la que se señalan presuntas violaciones constitucionales, irregularidades en el procedimiento y un supuesto desvío o triangulación de recursos públicos.

El gobierno estatal ha sostenido que el expediente utilizado para sustentar el juicio políticocarece de pruebas suficientesy que únicamente contiene la identificación oficial de la persona denunciante, así como recortes y notas periodísticas.

Antes de la intervención de la SCJN, el Juzgado Tercero de Distrito en Materia Administrativa de Nuevo Leónhabía concedido una suspensión provisionalpara detener temporalmente la votación relacionada con el juicio político.

Tras conocerse la resolución de la Corte, el gobernador Samuel García informó en redes sociales que el máximo tribunal habíaadmitido la controversia constitucional y concedido la suspensión.“Acaba de publicar la SCJN la admisión y suspensión del juicio político (que le sigue la Comisión Anticorrupción del Congreso de Nuevo León)”, escribió.

Por su parte, el asesor jurídico del Congreso local, Ricardo Tamez, afirmó que la suspensión otorgada por la SCJN esdistinta al amparo concedido por la justicia federal,ya que permite que el Congreso y, en su caso, el Tribunal Superior de Justicia continúen resolviendo el procedimiento. “En la Corte sí autorizan a resolver en definitiva al Congreso y por ende al Tribunal Superior de Justicia, y solo en el caso de que se sancione su destitución, se suspende su ejecución para separarlo”, señaló.

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ARTURO ALCALDE Y ZAYÚN: EL SOSTÉN DE UN LIDERAZGO SINDICAL BAJO PRESIÓN EN MONTE DE PIEDAD

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ARTURO ALCALDE Y ZAYÚN: EL SOSTÉN DE UN LIDERAZGO SINDICAL BAJO PRESIÓN EN MONTE DE PIEDAD

A más de seis meses del estallamiento de la huelga, el conflicto ha dejado de centrarse en las demandas laborales para evidenciar una estrategia que prioriza la permanencia de la dirigencia sindical. El respaldo de Arturo Alcalde ha sido clave para prolongar una disputa que, pese a perder sustento jurídico, sigue generando costos directos para trabajadores, usuarios y la propia institución.

El conflicto laboral en el Nacional Monte de Piedad ha evolucionado hacia un escenario donde los equilibrios han cambiado de manera significativa. Lo que inició como una disputa por condiciones laborales se ha transformado en una confrontación marcada por la defensa de un liderazgo sindical cada vez más cuestionado.

En este proceso, la figura de Arturo Alcalde Justiniani ha cobrado un protagonismo distinto. Su papel ha dejado de percibirse como el de un abogado que litiga un caso complejo para consolidarse como el principal sostén jurídico y político de Arturo Zayún, dirigente cuya permanencia al frente del sindicato enfrenta un desgaste evidente.

Desde el 1 de octubre de 2025, la huelga ha generado un impacto considerable. Más de 300 sucursales cerradas reflejan la magnitud de un conflicto que ha afectado tanto a la operación institucional como a miles de usuarios. Sin embargo, el momento que redefinió el rumbo ocurrió cuando una autoridad judicial declaró inexistente la huelga.

Lejos de significar un cierre, la resolución abrió una nueva etapa. La dirigencia sindical, respaldada por Alcalde, optó por mantener la confrontación mediante recursos legales, extendiendo una disputa que ya no contaba con el mismo sustento jurídico.

En este contexto, los cuestionamientos hacia Zayún han cobrado mayor relevancia. Señalamientos por opacidad, concentración de poder y presunto enriquecimiento han debilitado su legitimidad, especialmente tras investigaciones que apuntan a una acumulación patrimonial significativa durante su gestión.

El respaldo de Alcalde, sin matices visibles, ha sido interpretado como un factor determinante en la continuidad del conflicto. Su actuación ha reforzado una estrategia que privilegia la resistencia sobre la resolución, incluso cuando el costo recae directamente en la base trabajadora.

Mientras tanto, los trabajadores enfrentan un escenario de incertidumbre prolongada. La falta de ingresos, el desgaste y la ausencia de acuerdos han transformado el conflicto en una carga creciente para quienes originalmente buscaban mejoras laborales.

El caso del Nacional Monte de Piedad expone cómo un conflicto puede reconfigurarse en función de intereses internos. En esta dinámica, la defensa jurídica se entrelaza con la protección de un liderazgo que enfrenta cuestionamientos cada vez más visibles.

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Justicia

Fiscalía anticorrupción o aparato de presión política: el escándalo que rodea a “El Bayo”

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Especialistas cuestionan la actuación de Abelardo Valenzuela y advierten una preocupante distorsión del sistema de justicia.

La Fiscalía Anticorrupción de Chihuahua volvió a colocarse en el centro de la polémica luego de que personal bajo el mando de Abelardo Valenzuela colocara sellos de aseguramiento en un inmueble ubicado en Tepoztlán, Morelos. La medida fue ejecutada fuera de la jurisdicción territorial de la institución.

Para expertos en derecho, el hecho representa una irregularidad grave. Las fiscalías estatales carecen de facultades para ejecutar actos de autoridad en otras entidades federativas sin coordinación institucional o intervención federal.

La polémica creció cuando los sellos fueron retirados posteriormente sin explicación pública. El cambio repentino alimentó dudas sobre la solidez jurídica de la acción inicial.

Analistas señalan que el episodio revela un patrón preocupante dentro de ciertas instituciones: el uso expansivo de facultades legales para proyectar fuerza política más que para sostener investigaciones sólidas.

En un país donde la credibilidad de las instituciones judiciales ya enfrenta profundas crisis, este tipo de episodios refuerza la percepción de que algunas fiscalías operan más como instrumentos de poder que como órganos de justicia.

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Señalan uso de terceros para amedrentar: la cara más oscura de las denuncias contra COREMEX

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Las acusaciones contra COREMEX han escalado a un nivel alarmante. Trabajadores y extrabajadores denuncian que el sindicato habría recurrido a terceros vinculados a actividades delictivas o entornos violentos para presionar la afiliación y sofocar cualquier resistencia interna. Se trata de señalamientos graves que, aunque no han sido judicialmente probados, aparecen de forma reiterada en distintos testimonios.

Según estas versiones, cuando las estrategias formales no funcionan, el sindicato supuestamente externaliza la presión, utilizando intermediarios cuya función no es dialogar, sino intimidar. Personas desconocidas, con actitudes agresivas y discursos amenazantes, se presentan como “enlaces” o “gestores”, sin identificarse claramente, pero dejando mensajes inequívocos.

“Nos dijeron que era mejor cooperar para evitar problemas”, relata un trabajador que asegura haber sido abordado fuera de su centro laboral. Otros mencionan advertencias sobre su estabilidad laboral, su reputación o incluso su seguridad personal. Aunque no siempre se mencionan delitos de forma directa, el trasfondo violento es evidente, afirman.

Analistas en temas laborales explican que esta práctica busca crear plausible negación. El sindicato no amenaza directamente, pero el mensaje llega a través de terceros, lo que dificulta la denuncia formal. Sin embargo, el efecto es el mismo: miedo, silencio y sometimiento.

Estas denuncias han generado preocupación entre defensores de derechos laborales, quienes advierten que mezclar sindicalismo con prácticas de amedrentamiento representa un retroceso grave. Un sindicato no puede operar como estructura paralela de presión sin deslegitimarse por completo.

Los trabajadores afectados coinciden en que, tras estas visitas o mensajes, la afiliación se acelera. No por convencimiento, sino por temor. “Firmas para que te dejen en paz”, resume uno de los testimonios.

El uso de terceros también tendría un impacto devastador en el entorno laboral. Genera desconfianza entre compañeros, rompe la cohesión y normaliza la violencia simbólica como método de organización. El sindicato deja de ser una opción y se convierte en una amenaza.

Aunque COREMEX no ha respondido públicamente a estas acusaciones, el cúmulo de testimonios plantea una pregunta urgente: ¿hasta dónde puede llegar un sindicato para imponer su presencia? Para muchos trabajadores, la respuesta ya es clara y profundamente preocupante.

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