Justicia
Municipios en Hidalgo señalados por corrupción ofrecen devolver dinero
De los 13 ayuntamientos involucrados en el desvío de 522 millones de pesos, se generó un acercamiento de tres personas quienes refieren tener una parte de este monto, informó el contralor de Hidalgo
Tres gobiernos municipales de Hidalgo ofrecieron devolver recursos económicos como parte de las investigaciones que realiza la Procuraduría de Justicia estatal y la Contraloría, dentro de la acusación por una presunta red de corrupción en ayuntamientos, confirmó el contralor Álvaro Bardales Ramírez.
Aunque no detalló cuáles fueron los municipios, pues se mantiene presunción de inocencia y secrecía, indicó que dicha acción no sólo se presentó ante la dependencia que encabeza, sino también ante la Procuraduría.
“Tres personas se han acercado, no solamente a mí, a los auditores, a la PGJEH, porque tienen parte de esos recursos y han ofrecido reembolsarlos porque lo tienen, es decir que no lo usaron, son tres presidencias, eso estará sucediendo esta semana, si es que así lo deciden ellos”,
apuntó.
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Cabe recordar que la investigación en esta red de corrupción denominada por el gobierno estatal como la “estafa siniestra” involucra a 13 ayuntamientos y dos secretarías de la anterior gestión, en cuanto al monto de recursos que se malversó asciende a 522 millones de pesos; bajo ese contexto, Bardales Ramírez refirió que el resto de las presidencias municipales erogaron el recurso, “las otras 10 se gastaron todo, porque en los reportes de cuenta pública de la Auditoría Superior del Estado de Hidalgo (ASEH), aparecen ya en los reportes que fueron comprobados, pero con documentación que no es la apropiada”.
Los recursos, aclaró el contralor estatal, emanan de recursos extraordinarios que se solicitaron en su momento al gobierno estatal, “el estado se los dio para un fin específico y no lo utilizaron, entonces nos da la facultad a la Contraloría de poder intervenir contra las personas, ya no vamos en calidad de que son servidores públicos del ayuntamiento, vamos en calidad de personas que utilizaron un recurso que se les dio para un fin específico”; esto ya que al menos se detectó la participación de seis personas por ayuntamiento en esta malversación de recursos públicos.
“Las personas involucradas de los ayuntamientos son dos, que son presidente y tesorero que tendrán que enfrentar en su caso una denuncia de carácter judicial, eso lo ve la PGJEH directamente contra ellos, pero los demás que nada más participaron en una acción ilegal pero no tuvieron un beneficio económico o especial, esos serán sancionados por la vía administrativa, esto a través de la Contraloría o de los Órganos Internos de Control; hasta el día de hoy no han comprobado los recursos en ninguno de esos 13 municipios, son 522 millones de pesos, y en cada municipio hay seis personas involucradas, principalmente trabajadores, no regidores, ellos son los que han denunciado”,
sentenció.
Fuente: Milenio https://www.milenio.com/politica/organismos/municipios-hidalgo-senalados-corrupcion-ofrecen-devolver-dinero.
Justicia
Gestión de ASSA consigue mayor beneficio en viáticos para las y los sobrecargos
El sindicato logró que el retroactivo sea reconocido desde junio de 2026, ampliando el periodo inicialmente previsto en beneficio de sus integrantes.
La gestión de la Asociación Sindical de Sobrecargos de Aviación (ASSA) permitió alcanzar un nuevo resultado para sus agremiados: el retroactivo correspondiente a viáticos será considerado desde junio de 2026, ampliando el periodo que originalmente comenzaría el 30 de agosto.
Aunque este beneficio adicional no correspondía dentro de las condiciones inicialmente establecidas, la representación sindical decidió impulsar su negociación con un objetivo concreto: reconocer el trabajo realizado por las y los sobrecargos durante esos meses.
La gestión encabezada por Rafael Munguía Almeida, secretario general de ASSA, permitió llevar el planteamiento a la mesa y obtener una respuesta favorable para las tripulaciones de cabina.
El resultado forma parte de una política sindical enfocada en defender los intereses de los trabajadores y convertir la representación laboral en beneficios concretos.
Para las y los sobrecargos, los viáticos forman parte de las condiciones asociadas al desarrollo cotidiano de sus actividades. Por ello, ampliar la aplicación del retroactivo representa también una forma de reconocer el tiempo, compromiso y responsabilidad que requiere su trabajo.
ASSA ha señalado que la defensa de los derechos laborales de los sobrecargos no solamente ocurre durante las grandes revisiones contractuales. La gestión permanente de prestaciones, acuerdos y condiciones laborales también forma parte del trabajo de representación sindical.
Con la aplicación del retroactivo desde junio de 2026, la organización suma un resultado favorable para sus integrantes y fortalece una agenda centrada en el reconocimiento del trabajo y en la búsqueda de mejores condiciones para quienes forman parte de la aviación mexicana.
Justicia
Jueza federal concede amparo a Pedro López Elías y ordena invalidar orden de aprehensión
La Fiscalía Anticorrupción de Chihuahua pierde sustento para mantener una orden de captura emitida desde el fuero local contra el empresario.
El caso penal relacionado con la reestructura de la deuda pública de Chihuahua registró un nuevo giro judicial: una jueza federal concedió el amparo a José Pedro López Elías y ordenó al Juez de Control del Distrito Judicial Morelos dejar sin efectos la orden de aprehensión emitida en su contra dentro de la causa penal 3050/2024.
La determinación de la Jueza Décimo de Distrito en el Estado de Chihuahua, Madhay Soto Morales, parte de una conclusión central: la autoridad local que libró la orden no tenía competencia para hacerlo, pues los recursos involucrados en los hechos investigados son de naturaleza federal.
La sentencia fue emitida el 18 de agosto y notificada el 28 de agosto.
El expediente se originó por pagos de 98.6 millones de pesos al despacho López Elías Finanzas Públicas, S.C., durante la administración de Javier Corral Jurado, por servicios de asesoría en la reestructura y refinanciamiento de la deuda estatal.
La Auditoría Superior del Estado cuestionó la contratación y sus resultados.
Posteriormente, la Fiscalía Anticorrupción de Chihuahua, encabezada por Abelardo Valenzuela Holguín, sostuvo que existían elementos para investigar un posible peculado.
La Fiscalía ha mantenido que se trató de un posible daño al erario estatal y que Chihuahua debía conservar la conducción de la investigación.
Bajo esa hipótesis se integró la causa 3050/2024, que involucró al exgobernador Javier Corral, al exsecretario de Hacienda Arturo Fuentes Vélez y a López Elías, identificado en la indagatoria como presunto partícipe externo.
La defensa de los señalados ha sostenido una versión distinta: que el despacho sí realizó el trabajo contratado, que existe documentación técnica que acredita las gestiones efectuadas y que los recursos utilizados procedían de participaciones federales.
Para la defensa, el caso debió ser conocido desde el inicio por autoridades federales.
La discusión sobre competencia alcanzó un punto decisivo en enero de 2026.
El Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Décimo Séptimo Circuito resolvió el conflicto competencial 20/2025 y determinó que la causa relacionada con Corral debía ser conocida por un juez penal federal.
El criterio se sustentó en que los recursos materia del caso conservaban naturaleza federal, aun cuando hubieran sido transferidos al estado.
Esa resolución fue el fundamento determinante del amparo concedido a López Elías.
La jueza federal consideró que, aunque el conflicto competencial se había promovido originalmente respecto de Corral, López Elías es coimputado en la misma causa y por los mismos hechos y recursos.
Por ello concluyó que el juez local tampoco era competente para emitir la orden de aprehensión contra el empresario.
La sentencia ordena tres actos concretos: dejar sin efectos la orden de aprehensión dictada el 18 de enero de 2025; emitir una nueva determinación en la que el juez local analice primero su competencia; y, a la luz del criterio federal, determine que no puede resolver la solicitud de captura.
La resolución no analiza ni decide si López Elías es responsable o inocente de los hechos imputados; se pronuncia exclusivamente sobre la legalidad constitucional de la orden y la competencia de la autoridad que la emitió.
La propia sentencia establece que su ejecución debe esperar a que transcurra el plazo para la eventual interposición de un recurso de revisión.
Por ello, el hecho debe presentarse como una orden judicial de invalidación concedida en amparo, no como una exoneración definitiva ni como el cierre total de la investigación.
El efecto institucional es relevante: la Fiscalía Anticorrupción de Chihuahua pierde sustento para mantener una orden de captura emitida desde el fuero local contra López Elías y se fortalece el criterio de que el caso debe ser revisado en jurisdicción federal.
La controversia de fondo permanece abierta y corresponderá a las autoridades federales determinar si existió delito y, en su caso, responsabilidades.
Justicia
Se desmorona caso impulsado por Fiscalía Anticorrupción de Chihuahua tras nuevo amparo
La estrategia jurídica de la Fiscalía Anticorrupción de Chihuahua contra José Pedro López Elías sufrió otro duro golpe después de que una jueza federal declarara inconstitucional la orden de aprehensión que había sido obtenida en su contra.
La sentencia definitiva, emitida el 28 de agosto por el Juzgado Décimo de Distrito en Chihuahua, determinó que la orden de captura fue librada por una autoridad que no tenía competencia para hacerlo.
El procedimiento había sido promovido por la Fiscalía Anticorrupción, encabezada por Abelardo Valenzuela Holguín, ante el Juez Penal del Distrito Judicial Morelos, Humberto Chávez Allende.
Sin embargo, el análisis realizado por la justicia federal concluyó que antes de emitir una orden de aprehensión debía verificarse si el juez estatal tenía facultades legales para intervenir en el expediente.
La respuesta fue negativa.
Por ello, la autoridad federal ordenó cancelar la orden de aprehensión dictada contra López Elías dentro de la causa penal 3050/2024 y establecer formalmente que el juzgador estatal no es competente para resolver la solicitud presentada por la Fiscalía.
El fallo profundiza los cuestionamientos sobre una investigación que desde meses atrás ha enfrentado obstáculos ante tribunales federales.
Previamente, otra resolución había determinado que la carpeta y la causa penal debían trasladarse al ámbito federal, además de dar vista a otras autoridades para revisar la actuación de funcionarios involucrados.
La acumulación de resoluciones adversas abre interrogantes sobre la solidez con la que fue construido el expediente y, particularmente, sobre las decisiones jurídicas adoptadas por la Fiscalía Anticorrupción.
El caso todavía puede tener capítulos adicionales, pero una cosa resulta clara: uno de los instrumentos más importantes utilizados para perseguir judicialmente a López Elías, la orden de aprehensión, quedó invalidado por la justicia federal. Ahora, la institución deberá justificar su estrategia y corregir cualquier deficiencia procesal señalada por los tribunales correctamente ahora.
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